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La Coctelera

paso 2

Crea tu empresa paso a paso (II)

01 de junio 2008

M. Escámez

Una vez elegido el epígrafe de la actividad que vas a desarrollar, el siguiente trámite a realizar es proceder a dar de alta la actividad en Hacienda. Como es lógico y aunque no te guste, por los beneficios que tengas como empresario o profesional vas a tener que pagar impuestos.

Existen unas determinadas actividades económicas que te permiten escoger la forma de pagar tus impuestos. Las opciones que se nos ofrecen son las siguientes:

· Estimación directa: Procedimiento por el que se calcula el beneficio o pérdida de nuestra empresa realizando la siguiente operación: Beneficio o Pérdida = Ingresos – Gastos

· Estimación Objetiva: Hacienda procede a calcular un beneficio de la actividad, independientemente de los ingresos que tengamos, mediante una serie de parámetros o módulos.

Tal y como he mencionado, la posibilidad de escoger la forma de tributación, sólo es viable, para personas físicas o entidades en atribución de rentas, lo que se denominan comunidades de bienes. Es decir se excluyen a todas las sociedades mercantiles. Las actividades que permiten realizar la opción de tributación son todas las relacionadas en la Orden del Ministerio de Economía EHA/3462/2007. Si la actividad que va a desarrollar tu empresa se encuentra encuadrada dentro de alguna de las anteriores, tendrás que evaluar cual es la opción que más te conviene.

Siguiendo con el ejemplo propuesto, nuestra empresa de construcción, se va a dedicar a “Albañilería y pequeños trabajos de construcción” definida por el epígrafe 501.3 del IAE, observamos que se encuentra encuadrada dentro de las actividades susceptibles de acogerse al régimen de módulos. El criterio a seguir, principalmente para encuadrarnos en este régimen o no, es proceder a calcular el beneficio teórico que Hacienda supone para nuestra actividad en el régimen de estimación objetiva. Te lo voy a intentar explicar a continuación.

Más Información: R.D. 437/2007 – Reglamento IRPF

Paso 1

Crea tu empresa paso a paso (I)

01 de junio 2008

M. Escámez

Si te has decidido y quieres dar el salto y crear tu propia empresa, te voy a exponer paso a paso todos los trámites que tienes que realizar para tener “TU” empresa operativa. Lo primero que tienes que hacer es pensar y elegir el establecerte como AUTONOMO o crear una sociedad, yo solo te voy a orientar en este articulo por la opción de establecer tu empresa como autónomo y en la parte fiscal.

Lo primero que tienes que hacer es decidirte por el tipo de actividad que vas a desarrollar.

La actividad concreta viene regulada por el índice de actividades económicas (IAE). Este punto es muy importante porque, aunque el pago del impuesto de actividades económicas está exento para los autónomos, te va a permitir escoger en algunos casos la forma de tributar a Hacienda.

Para situar cual es el epígrafe de IAE que le corresponde a nuestra actividad tenemos que mirar el RD 1175/1990. Este decreto regula las tarifas de cada actividad económica en el Anexo I, así como el régimen de las actividades en el Anexo II. Hay que tener en cuenta, que se considera actividad económica cualquier actividad reflejada en el decreto anterior, así como cualquier actividad empresarial, profesional o artística que suponga la ordenación por cuenta propia de medios de producción o recursos humanos, una de ellas o ambas; con la finalidad de distribuir bienes o servicios.

Supongamos, que voy a montar una empresa de construcción, y que voy a contratar inicialmente a dos empleados. Los trabajos que vamos a realizar van a ser pequeñas reformas en viviendas y locales comerciales. Para identificar cual es el epígrafe de actividades económicas que me corresponde, nos tenemos que dirigir al Anexo I. Se puede observar, que dicho anexo está dividido en tres secciones, en función de la actividad económica a desarrollar: empresarial, profesional o artística. En nuestro caso, va a ser una actividad empresarial, por lo que se encontrará en la sección primera. A su vez, cada sección está dividida en distintas divisiones generales.

Como nosotros vamos a montar una empresa de construcción, tendremos que buscar dentro de la división 5: Construcción. Una vez situados dentro de la división de construcción, procedemos a buscar aquel que nos describa mejor la actividad que queremos desempeñar. En el ejemplo que proponemos, nuestro epígrafe sería el 501.3 “Albañilería y pequeños trabajos de construcción en general”.

Obsérvese para el ejemplo que propongo, que nuestra empresa no podría realizar obras superiores a 36.060 € de presupuesto, ni realizar trabajos de ampliación u obra nueva superiores a 600 metros cuadrados.

Más información: AEAT

Crea tu propia empresa

Crea tu empresa paso a paso

01 de junio 2008

M. Escámez

Este título, puede ser la respuesta de un alma ingenua que acaba de pasar por mi despacho y le he contado brevemente todas las obligaciones burocráticas que tendrá por el hecho de crear una empresita.

Por un lado tenemos las fiscales, que si alta de obligaciones censales, que si la contabilidad, que si la obligación de presentar los libros oficiales, que si los pagos trimestrales de IVA, de IRPF, del pago del Impuesto de Sociedades, etc.…

Por otro lado tenemos las obligaciones sociales, que si la inscripción del empresario en la Seguridad Social, la obligación de cotizar mensualmente por los trabajadores e ingresar las cuotas, que si la comunicación de los contratos al INEM, los accidentes de trabajo, las bajas laborales, los salarios de los empleados, los problemas con estos, la obligación de cumplir estrictamente con la Prevención de Riegos Laborales, seguros, mutuas, protección de datos, etc.…

Seguramente no habran podido soportar la enumeración de obligaciones completas, y hayan exclamado en el primer punto, un rotundo “¡ya está bien, me has convencido, seguiré como estoy!”. Y ciertamente, es como para comprenderlo, hoy día el empresario tiene dos opciones, o bien se forma en leyes y números, o confía ciegamente en su asesor/es.

La presión burocrática y las obligaciones son tantas, que realmente al empresario no le quedan otras opciones que las anteriores, y ninguna de ellas es la más aconsejable, pues si uno tiene un negocio, debe dedicarse a él plenamente, pero por otra parte tampoco puede desconocer cómo se está gestionando su empresa en cuanto a sus obligaciones se refiere, por cuanto él es el único responsable de las mismas ante la Administración Pública.

Por ello, mientras la Administración no levante el pie sobre el pedal de la presión burocrática a las empresas, el emprendedor deberá tener una mente abierta y estar dispuesto a desarrollar su negocio, pero también a aprender como gestionarlo.

He conocido grandes trabajadores que han creado empresas con un gran porvenir que finalmente no han podido cimentar por falta de los más mínimos conocimientos de gestión, no sólo en cuanto a sus obligaciones, sino en cuanto a habilidades de dirección.

Es por tanto imprescindible la formación y una estrecha colaboración con la asesoria, tanto a nivel de la llevanza, como en pedir consejo y opinión ante cualquier duda que pueda surgir, ya que finalmente ambos somos y pretendemos lo mismo, que se funcione, se gestione, se cobre, se pague, y se tribute en justa medida entre otras muchas cosas.